La semana pasada tuve el privilegio de que Elvira Gallego Uribe, General Manager de CSP Iberian Bilbao Terminal (CSP Spain), acompañada por Barbara Taylor Artiach, dedicaran toda una mañana a explicarme, a nivel de detalle, el funcionamiento actual de la terminal de contenedores del Puerto de Bilbao. Recordábamos cuándo nos conocimos, hace ya casi 20 años. Cómo ha cambiado todo…
Fuente: Dra. Marta Prado Larburu en LinkedIn. Leer post aquí (12/12/2022)
Fuente: INCOTRANS® – International Business Group en LinkedIn. Leer post aquí (16/12/2022)
Imagen: INCOTRANS® – International Business Group ©
«El puerto de Bilbao espera consolidar la tendencia al alza en sus tráficos en la segunda mitad de 2022» (Puerto de Bilbao) (12/12/2022)
Fuente: INCOTRANS® – International Business Group ©. Leer noticia aquí
«Yilport se prepara para entrar en el top 10 mundial de terminales en 2025 (terminal) (Berth Productivity) (Smart terminal)» (15/11/2022)
Fuente: INCOTRANS® – International Business Group ©. Leer noticia aquí
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07/12/2022: Estuvimos hablando de esas cosas que nos gustan: de los THCs (Terminal Handling Charge), el muelle, las zonas de maniobra, el «container yard» (CY), las grúas STS (Ship-to-Shore), las RTGs (Rubber-Tired Gantry cranes), RS (Reach Stacker), FL (Forklifts), los «gates», los arcos OCR, y del tren, esa #logística #ferroportuaria tan importante actualmente, y las manipulaciones con las ARMG (Automated Rail-Mounted Gantry cranes). Una clase magistral.
Comentaba con ellas que uno de los cambios que introdujeron las reglas #Incoterms 2010 de la #ICC fue la recomendación de no utilizar las reglas “marítimas” (reglas para #transportemarítimo y vías navegables interiores) cuando la #mercancía está en contenedores. Todo un shock en el mercado, habida cuenta de la clara tendencia a la contenedorización de la #carga a nivel #mundial, especialmente en las últimas dos décadas; y el uso absolutamente extendido de las reglas #FOB, #CFR y #CIF.
Cuando el grupo de #expertos en reglas #Incoterms participamos en la revisión de la versión 2010 para su actualización a las 2020, se nos preguntó si era idóneo mantener dicha recomendación. La respuesta fue sí. A título individual, celebré enormemente ver que el grupo redactor efectivamente la mantuvo en estos términos: «¿Sigue siendo cierto afirmar que cuando el #vendedor #entrega mercancía contenedorizada al #comprador, poniéndola en poder de un #porteador antes de su carga en un #buque, es aconsejable que el vendedor venda en condiciones #FCA en lugar de en condiciones FOB? La respuesta a dicha pregunta es «Sí».»
¿Por qué apareció tal recomendación? Porque en tales situaciones “es habitual que el vendedor ponga la mercancía en poder del porteador en la #terminal, y no al costado del buque (#FAS) / a bordo del buque (FOB, CFR y CIF).” En estas #compraventas #internacionales deberían utilizarse sus equivalentes “polivalentes”. Así:
* En lugar de FAS, FCA TECO #Puerto #Origen.
* En lugar de FOB, FCA TECO Puerto Origen.
* En lugar de CFR, #CPT TECO Puerto #Destino (recordando que este NO es el lugar de entrega).
* En lugar de CIF, #CIP TECO Puerto Destino (recordando que este NO es el lugar de entrega).
Gracias Elvira y Bárbara por ayudarnos a reafirmarnos en esta recomendación. No desde la teoría, sino desde la práctica real y actual del mercado. GRACIAS!! #csp #bilbaoport
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